Juzgan a conductor imprudente que provocó choque en la ruta 152

Se realizó la audiencia de debate sobre un caso de un siniestro vial generado por la conducción imprudente. La causa está a cargo del Dr. Juan Bautista Méndez, perteneciente a la fiscalía de General Acha.

En el caso que se juzga, un Bora transitaba por la ruta nacional 152 en sentido oeste-este. A la altura del km 22, intentó superar un vehículo que le precedía sin cerciorarse previamente que en sentido contrario circulaba por su mano un Fiat Uno. Esta maniobra generó que colisionaran frontalmente en la banquina. Debido a la imprudencia, negligencia y/o impericia del conductor del primer automotor, el hombre que ocupaba el segundo auto sufrió lesiones de carácter graves.

El imputado realizó una maniobra de sobrepaso en un lugar donde la visibilidad era sumamente reducida por la existencia de una loma, la que no le permitió advertir la presencia del automotor que venía en sentido contrario por su mano correspondiente, intentando una maniobra evasiva que tampoco resultó tal, produciéndose la colisión en la banquina.

La Ley Nacional de tránsito nº 24449 en su artículo 42 prescribe que: “El adelantamiento a otro vehículo debe hacerse por la izquierda conforme las siguientes reglas: a) El que sobrepase debe constatar previamente que a su izquierda la vía esté libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún conductor que le sigue lo esté a su vez sobrepasando; b) Debe tener la visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso”.

En consecuencia debe considerarse que el conductor del Bora no obró conforme a esa norma, constatando que a su izquierda la vía estuviera libre para adelantarse, maniobró sin tener la visibilidad suficiente para el sobrepaso en el momento que se aproximaba a una cima de la ruta que tornaba peligroso. Seguidamente se ubicó de frente al Fiat Uno cuyo conductor realizó la correcta maniobra de retirarse hacia su banquina derecha.

El juez Carlos Alberto Besi confirmó la calificación legal sugerida por el Dr. Méndez: “lesiones graves culposas causadas por la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor”. El defensor del hombre que provocó el siniestro es el Dr. Agustín Daniel Álvarez Matteazzi.