A través del decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial, El Gobierno definió cómo distribuirá lo recaudado por el «Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)» para la compra de dólares y el turismo en el exterior.
La distribución del 30% extra en la compra de dólares se dará en 2 grandes grupos que están divididos por artículos.
Según lo establecido en el artículo 1 del decreto publicado, el 70% de lo recaudado será distribuido para:
a) El financiamiento de Programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el sesenta por ciento (60%).
b) El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), para cubrir sus prestaciones: el cuarenta por ciento (40%).
Por su parte, en el artículo 2 se estableció que el 30% restante será distribuido de la siguiente manera:
a) Al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), creado por el Decreto N° 819/19 en el marco de la Ley N° 27.453, para el financiamiento de obras de vivienda social: treinta por ciento (30%).
b) A obras de infraestructura económica: el sesenta y cinco por ciento (65%).
c) Al fomento del turismo nacional: el cinco por ciento (5%).
El decreto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete Santiago Cafiero y del ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas.