Desde ANSES volvieron a extender la moratoria para el pago de préstamos

Esta mañana Anses volvió a extender la moratoria para el pago de los préstamos otorgados por la entidad a jubilados, pensionados y titulares de beneficios sociales, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), según se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

A través de la resolución 2/2020 firmada por el subdirector del Fondo de Garantía Sustentable (FGS), Lisandro Cleri, quedó suspendido «el pago de las cuotas para los créditos vigentes por los meses de julio y agosto» de este año.

Esta medida tiene lugar en medio de la pandemia del coronavirus y sus consecuencias económicas y sociales. El organismo expresó que la decisión busca «salvaguardar en lo posible un fin legítimo, como lo es el interés público comprometido en esta grave emergencia».

Dicha prórroga, alcanza a todas las personas que hayan recibido un préstamo en el marco del Programa “Créditos ANSES”, quienes durante este periodo “no podrán solicitar el otorgamiento” de nuevos beneficios.

«Cuando una situación de crisis o de necesidad pública exige la adopción de medidas tendientes a salvaguardar los intereses generales, se puede «sin violar ni suprimir las garantías que protegen los derechos patrimoniales, postergar, dentro de límites razonables, el cumplimiento de obligaciones emanadas de derechos adquiridos», justificó la administración en el documento.

Además, se aclaró que para los titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignaciones Familiares (SUAF), la suspensión del pago de estas cuotas “dependerá que el menor por el cual se percibe la prestación no alcance durante ese lapso, la edad de 18 años, salvo discapacidad”.

Los titulares de prestación por Invalidez quedarán sujetos a la fecha de vencimiento del beneficio, que será la que establezca la suspensión del cobro en cuotas.

Aquellos que estén incluidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en las Prestaciones No Contributivas de Vejez, Invalidez y Madres de más de Siete Hijos (PNC) o en la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM), quedan exceptuados “del límite de edad máxima establecido en las condiciones de acceso a los créditos que se considera para los beneficiarios a la fecha de finalización del pago de los préstamos”.