Un empresario achense fue procesado junto a Cristina Fernández en la causa que investiga las obras públicas de Lázaro Báez

El juez Julián Ercolini procesó a la expresidenta Cristina Fernández por considerarla «prima facie» coautora penalmente responsable del delito de asociación ilícita en concurso real con el de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública. Además ordenó un embargo por 10.000 millones de pesos. El fallo se enmarca en la causa por el direccionamiento de obras públicas viales al grupo Austral. También procesó a los ex funcionarios Julio De Vido y José López y el empresario Lázaro Báez.

El juez Ercolini además procesó y le trabó un embargo de 2,5 millones de pesos al achense Héctor Garro, expresidente de Vialidad en Santa Cruz, en el marco de la presunta organización de un sistema de corrupción a partir de la millonaria obra pública vial que se realizó en Santa Cruz entre 2003 y 2015 para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez.

Garro es un hombre oriundo de General Acha que estuvo mucho tiempo en el sur del país y que incluso formó parte de Austral Construcciones. Ahora regresó a La Pampa y compró campos y hoteles en Santa Rosa y Acha.

El magistrado lo consideró «prima facie» coautor penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública (arts. 45, y 173 inc. 7 en función del art. 174 inc. 5 del Código Penal, y arts. 306 y 310 del Código Procesal Penal de la Nación).

Según detalla el escrito, a la expresidenta se la acusa por haber «perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que estaban bajo la órbita de su responsabilidad, en función de su calidad de jefa de gobierno y responsable política de la administración general del país».

Por su parte, a Julio de Vido se lo involucra «en su carácter de ministro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, entre el 25 de mayo de 2003 y el 9 de diciembre de 2015» por haber «perjudicado los intereses confiados al adoptar decisiones económicas y administrativas, en inobservancia de los deberes inherentes a su cargo, puntualmente, en la asistencia al Presidente de la Nación y al jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a las obras públicas, la actividad vial y la planificación de la inversión pública, tendiente a un equilibrado desarrollo geográfico regional que consolide el federalismo».