El Congreso dictaminó implementar límites a las prisiones preventivas

Este martes, la Comisión Bicameral de Monitoreo del Código Procesal Penal resolvió implementar una serie de artículos que limitan las prisiones preventivas en causas por narcotráfico, corrupción y trata, entre otros delitos graves.

Según la Resolución 2/2019 de la Comisión, se deben «implementar los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del CODIGO PROCESAL PENAL FEDERAL, disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial».

De esta forma, la medida entrará en vigencia el próximo viernes en «todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional».

El artículo 210 del Código enumera nueve medidas de coerción previas a que se dicte una prisión preventiva; el 221 indica qué se debe considerar a la hora de definir el «peligro de fuga»; y el 222 trata el «peligro de entorpecimiento» en la investigación.

La nueva normativa, que introduce modificaciones a la ley 27.063, sancionada en 2014, está orientada a modernizar los mecanismos de persecución penal de los delitos federales a través de la incorporación de herramientas para la investigación de ilícitos complejos.